Municipios de Colombia > Extranjeros > Derechos de los niños extranjeros nacidos en Colombia

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

En muchos países los derechos individuales se adquieren automáticamente al nacer en el territorio, sin importar si los progenitores sean o no nacionales de ese país. En el caso de Colombia, en esta nación cualquier mujer embarazada tiene el derecho a parir en un hospital, por lo tanto, la madre no solo tiene la tranquilidad de ser atendida, sino que además le confiere a su hijo la posibilidad de la ciudadanía. A continuación te comentamos de qué privilegios legales goza un niño de extranjero nacido en este suelo latinoamericano y qué pueden también esperar sus padres.

Derechos del niño en colombia

Derechos que obtiene el recién nacido

El hijo o hija de extranjeros nacido vivo, goza de todos los derechos establecidos en la Constitución Política Colombiana y en las leyes del país, tales como el derecho a la nacionalidad, la identificación, la salud, la alimentación (por mencionar alguno, se tiene el programa de alimentación escolar en el cual el Estado provee alimentos en las escuelas públicas), estudio gratuito en los colegios públicos (educación primaria), seguridad y protección. El requisito esencial para tener estos derechos es que por lo menos uno de los padres tenga domicilio legal en el país para el momento del nacimiento.

Derechos que obtienen los padres

En cuanto a los derechos de los padres, la Constitución política de Colombia establece: “Los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos. No obstante, la Ley podrá, por razones de orden público, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos civiles a los extranjeros”. En consecuencia, los padres gozan de privilegios aunque no obtienen la nacionalidad colombiana, pero sí tienen derecho a solicitar una de las Tres Visas: Visitante (V), Migrante (M) o Residente (R), de acuerdo con la actividad que pretendan realizar en el país.

Derechos del niño en colombia

¿Dónde se realiza el registro?

Deberá realizarse en el lugar de la ocurrencia del nacimiento.

¿Quiénes pueden realizar el registro?

Principalmente podrán realizarlo el padre o la madre debidamente identificados o los demás ascendientes del menor (abuelos, bisabuelos, tatarabuelos) o los parientes mayores más próximos.

Esto está establecido en el artículo 45 Decreto-ley 1260 de 1970 .


Registro de nacimiento si ambos padres son extranjeros

Requisitos

Deberás cumplir con lo siguiente:

  • • El menor debe haber nacido en el país.
  • • Los padres extranjeros deben demostrar el domicilio en territorio colombiano, de al menos uno de ellos al momento del nacimiento.
  • Pasaportes vigentes y una copia de los mismos.
  • • Presentar examen del grupo sanguíneo y factor RH de la persona cuyo nacimiento va a ser inscrito.
  • Certificado de nacido vivo del niño o niña que se va a presentar, expedido por el centro hospitalario, médico o enfermera y/o certificado de partera de comunidad.
  • • Se requiere la presencia de la persona a registrar, acompañado del declarante.

Procedimiento

Deberás realizar los siguientes pasos:

  • 1. Acude a la Registraduría o notaría más cercana al lugar de nacimiento del menor y solicita su registro.
  • 2. Consigna los documentos requeridos.
  • 3. La Registraduría verificará el tipo de visa o permiso que posee el padre o la madre con el objeto de corroborar el requisito constitucional del domicilio.
  • 4. El funcionario procederá a realizar el registro y al finalizar te dará una copia del documento con la nota “válido para demostrar la nacionalidad”.

Costos

El trámite es gratuito.

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Registro de nacimiento si un padre es extranjero y un padre es colombiano

Requisitos

Se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • • El menor debe haber nacido en el país.
  • • El padre que posee otra nacionalidad, deberá presentar pasaporte vigente y una copia del mismo.
  • • El padre colombiano deberá presentar la Cédula de Ciudadanía original y una fotocopia de la misma en hojas separadas.
  • • Presentar examen del grupo sanguíneo y factor RH de la persona cuyo nacimiento va a ser inscrito.
  • Certificado de nacido vivo del niño o niña que se va a presentar, expedido por el centro hospitalario, médico o enfermera y/o certificado de partera de comunidad.
  • • Se requiere la presencia de la persona a registrar, acompañado del declarante.

Esta información está de manera extensa en la página web de la Cancillería.

Costos

El trámite es gratuito.

Procedimiento

Deberás realizar los siguientes pasos:

  • 1. Ingresa al link: www.registraduria.gov.co y haz clic en el botón “registro civil”.
  • 2. En la parte izquierda ingresa a la opción “asignación de citas”.
  • 3. Diligencia el formulario con los datos personales del padre de nacionalidad colombiana y selecciona el trámite de registro civil de “nacimiento”.
  • 4. Elige la fecha, lugar y hora de la cita.
  • 5. Acércate a la Registraduría donde vas a realizar el trámite el día de la cita y consigna la documentación pertinente.

Durante la recepción de las declaraciones el funcionario registral te hará preguntas relacionadas con los datos del menor, leerá la documentación, determinará si se trata de un hijo legítimo o extramarital y revisará que los apellidos le corresponden legalmente al menor.

¿Cómo puedes obtener copia del registro de nacimiento vía on line?

Posterior al proceso de registro de nacimiento, podrás solicitar copia del mismo a través del sistema “Registro del Estado Civil Digital”.

Ingresa como representante del menor en el enlace del portal web de la Registraduría Nacional haciendo clic en este link, crea una cuenta con usuario y contraseña y sigue las instrucciones.

¿Cuál es el costo del registro del estado civil digital?

Tiene un costo de $15 600.

Caso especial para los venezolanos desde el año 2015

En el caso de los padres venezolanos, estos deben presentar uno de los siguientes requisitos: Cédula de Extranjería vigente o vencida, Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente, Pasaporte Venezolano (vigente o vencido) o Cédula de Identidad Venezolana (vigente o vencida). Al finalizar la inscripción del registro civil de nacimiento, recibirá la primera copia del documento de forma gratuita. La medida garantiza el derecho a la nacionalidad en favor de los niños en riesgo de apatridia.

Obtención del pasaporte colombiano

Una vez tramitado el Registro Civil de Nacimiento con derecho a acreditar la nacionalidad pueden los padres tramitar sin problemas el Pasaporte del menor presentando copia del respectivo registro civil ante la oficina de Cancillería para pasaportes más cercana. Lla cita se agenda virtualmente en la página web y el horario varía dependiendo del lugar donde se solicite, ya sea dentro de Colombia o en el exterior, para mayor información puede leer este decreto o visitar la página de la Cancillería.

Derechos del niño en colombia

Es importante saber qué:

Si tienes alguna duda con relación a donde debes realizar el proceso de registro, puedes hacer tus consultas en la Registraduría Nacional del Estado Civil enviando correspondencia a la dirección ubicada en la Av. Calle 26 n.º 51-50, CAN, Bogotá, Colombia. CP: 111321. Que podrá ser recibida en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:30 p. m. (Sede CAN AV. Calle 26 nº 51 - 50).

Personalmente podrás dirigirte al Centro de Atención e Información Ciudadana (CAIC): Carrera 7.ª n.º 16 - 57, Piso 1, Edificio Córdoba. Horario: 8:00 a. m. a 4:00 p. m., o llama al +57 (601) 220 2880.