El 2025 trae cambios importantes en materia de turismo y trámites migratorios para los colombianos que desean explorar el mundo. La reactivación del sector de viajes después de varios años ha impulsado a muchos destinos a actualizar sus políticas de ingreso y a las aerolíneas a renovar sus protocolos de seguridad. Además, la digitalización de varios procesos, como los permisos electrónicos y la verificación de antecedentes ha facilitado el movimiento internacional, aunque también ha incrementado la responsabilidad de cada viajero al momento de preparar su salida.
Es por eso que contar con la información adecuada sobre los requisitos vigentes antes de partir de Colombia es fundamental. La reglamentación puede cambiar rápido y podría arruinar tu viaje. Si planeas visitar Estados Unidos, Europa u otros lugares del mundo, conviene estar al tanto de las actualizaciones en visados. Pero también es importante encontrar algún sitio que facilita la compra de boletas para hacer actividades y que todo sea más simple. A continuación, te presentamos una guía con los puntos clave que debes conocer este 2025 antes de tomar un avión y embarcarte en tu próxima aventura.
El pasaporte es tu principal documento de identificación en el extranjero, por lo que asegurarte de que esté vigente es el primer paso esencial. En 2025, la Cancillería colombiana ha reforzado la recomendación de que el pasaporte tenga al menos seis meses de vigencia a partir de la fecha de tu viaje. Esta exigencia no es exclusiva de Colombia; muchos países niegan la entrada a viajeros con pasaportes que estén próximos a vencer, para evitar el riesgo de que te quedes atrapado en su territorio sin un documento válido.
Al planificar tu viaje, revisa detalladamente la fecha de caducidad y, de ser necesario, renueva el pasaporte con la mayor antelación posible. Ten presente que la emisión puede tardar más tiempo de lo habitual durante temporadas altas, especialmente en los meses de vacaciones escolares y al inicio de cada año.
Estados Unidos sigue siendo uno de los destinos predilectos para los viajeros colombianos. Aunque en 2025 se conservan algunas regulaciones similares a las de años anteriores, conviene recordar los lugares más populares y los requisitos particulares de cada uno. Entre los destinos más visitados destacan Miami, Orlando y Nueva York, todas ciudades que ofrecen experiencias turísticas muy distintas entre sí. Miami, por ejemplo, se caracteriza por sus playas, su vibrante vida nocturna y una comunidad latina muy presente. Orlando es la ciudad de los parques temáticos, ideal para viajes familiares, mientras que Nueva York ofrece la posibilidad de conocer la vida urbana más cosmopolita y cultural de Estados Unidos.
A pesar de sus diferencias, estos destinos tienen en común que exigen que los colombianos cuenten con una visa de turista válida (tipo B1/B2). El trámite para obtener la visa B1/B2 implica diligenciar el formulario DS-160, pagar la tarifa consular y asistir a la entrevista en la Embajada o Consulado de Estados Unidos en Colombia. En 2025 se han introducido mejoras tecnológicas que permiten verificar en línea el estatus del proceso y la fecha probable de la cita, lo que agiliza en parte la experiencia.
Uno de los cambios más sonados para 2025 es la plena implementación del permiso ETIAS (European Travel Information and Authorization System), que aplica para ciudadanos colombianos y de otros países exentos de visa Schengen. Este permiso lleva pendiente de aplicación desde hace años, pero podría empezar a regir desde 2025.
El ETIAS no es una visa, sino una autorización electrónica que se gestiona en línea antes de iniciar el viaje. El trámite es bastante sencillo: deberás ingresar tus datos personales, responder algunas preguntas de seguridad y pagar la tarifa correspondiente, que varía según la edad y la duración del permiso. Una vez se apruebe, el ETIAS estará vinculado electrónicamente a tu pasaporte y tendrá una vigencia de varios años, siempre y cuando no caduque el documento.
Cuando viajan menores de edad fuera de Colombia, los requisitos son más estrictos, sobre todo si no van acompañados por ambos padres. Para evitar inconvenientes, la ley colombiana exige que el niño o adolescente cuente con la autorización de la madre, el padre o del tutor legal que no viaje. Este permiso debe tramitarse ante una notaría o en una oficina consular, según corresponda, y debe incluir los datos de identificación del menor, de quien otorga el permiso y del acompañante durante el viaje, además de la ruta y las fechas de desplazamiento.
Se ha incorporado un sistema de validación electrónica que agiliza el proceso, siempre que los padres o tutores cuenten con firma digital registrada en la base de datos oficial. Esta digitalización ha reducido las filas y la necesidad de traslados, permitiendo a los usuarios gestionar la autorización desde la comodidad de su hogar. Sin embargo, si alguno de los padres se encuentra en el extranjero, la autorización debe tramitarse mediante la representación consular de Colombia en el país donde resida.